Museo Virtual / Episodio
Servicio militar obligatorio y guerra civil
1983 – 1990 · Todo el territorio nacional
- Conscripción forzada
- Persecución de familias
- Exilio de jóvenes
- Muerte en combate
- Guerra en la Costa Caribe
En 1983, el gobierno sandinista promulgó el Decreto 1327, «Ley del Servicio Militar Patriótico», que instauró el Servicio Militar Obligatorio (SMO): la conscripción forzada de jóvenes nicaragüenses para combatir en la guerra contra la Resistencia. Durante siete años, el ejército sandinista organizó redadas casa por casa, interceptó a jóvenes en calles, mercados y escuelas, y persiguió a las familias que intentaron proteger a sus hijos. Decenas de miles de jóvenes fueron reclutados, miles murieron en combate y decenas de miles huyeron al exilio para escapar de una guerra que no eligieron. La guerra arrasó también la Costa Caribe: zonas militares, reubicaciones forzosas y la huida de miles de miskitos a Honduras.
Cifras de víctimas y daños
Contexto histórico
La guerra contra la Resistencia Nicaragüense —conocida como «la Contra»— comenzó en 1981 con el apoyo de la administración Reagan y la participación de exguardias somocistas y, sobre todo, de campesinos descontentos. El ejército sandinista necesitaba reclutas, y la respuesta del régimen fue la conscripción forzada.
El Decreto 1327 estableció el servicio para los hombres de 17 a 25 años, con una duración mínima de dos años prorrogable según las «necesidades de la defensa». En la práctica, muchos jóvenes sirvieron más tiempo y hay testimonios documentados del reclutamiento de menores de 14 y 15 años.

Sigue el contexto
Lo que dice el texto de la ley: fechada el 13 de septiembre de 1983 y publicada en La Gaceta n.º 228 el 6 de octubre, obligaba a los hombres de 18 a 40 años al servicio activo o de reserva (las mujeres, solo de forma voluntaria). El llamado al servicio activo abarcaba desde el 1 de enero del año en que el joven cumplía 18 hasta el 31 de diciembre del año en que cumplía 25; el primer registro, en octubre de 1983, cubrió a los nacidos entre 1961 y 1966, es decir, desde los 17 años. El servicio activo duraba dos años, prorrogables por el ministro de Defensa hasta seis meses o por la Junta en tiempo de guerra. Las exenciones, temporales, eran por incapacidad pasajera, ser el único sostén de la familia, estar en el último año de estudios o estar privado de libertad, y una movilización general las anulaba, salvo la incapacidad física o mental permanente. No preveía objeción de conciencia. No presentarse al llamado se castigaba con dos a cuatro años de prisión (art. 45); no inscribirse, con tres meses a dos años de arresto (art. 42). Otras fuentes citan penas de tres a cinco años (La Prensa) o de hasta cuatro (Amnistía Internacional, según Nicaragua Investiga). Decreto 1327, texto íntegro La Prensa, 9 jul. 2023 Nicaragua Investiga
Primero hubo citaciones; cuando fracasaron, llegaron las redadas en cines, canchas, parques, colegios, discotecas y buses, con apoyo de la Juventud Sandinista en barrios y colegios. A los reclutados por la fuerza se les llamaba «arriados» y a los voluntarios, «cachorros de Sandino». Las primeras movilizaciones fueron en enero de 1984; el entrenamiento inicial, de tres meses, se redujo a uno hacia el final de la guerra. Se documentó el reclutamiento de jóvenes de 14 a 16 años, y la Comisión Permanente de Derechos Humanos registró capturas de jóvenes no aptos por edad o enfermedad. La Prensa, 9 jul. 2023 Nicaragua Investiga
El reclutamiento se realizó mediante operativos conocidos como «levas»: redadas en barrios, mercados, terminales de buses y escuelas. Los jóvenes que no portaban su carné de exención eran llevados de inmediato. Las familias que escondían a sus hijos eran amenazadas y vigiladas por los Comités de Defensa Sandinista (CDS); en muchos casos los padres fueron detenidos o sus bienes confiscados.
El SMO fue suspendido en 1990 por el gobierno de Violeta Chamorro, entre sus primeras medidas, y derogado formalmente poco después. Violeta Chamorro suspendió el servicio el día de su toma de posesión, el 25 de abril de 1990, tras haber hecho de su abolición una bandera de campaña; en agosto de 1989 el gobierno ya había suspendido el reclutamiento hasta las elecciones. La Asamblea Nacional derogó la ley con la Ley n.º 120, de diciembre de 1990, publicada en La Gaceta n.º 2 del 3 de enero de 1991, y la reforma constitucional de 1995 prohibió el servicio obligatorio y el reclutamiento forzoso (art. 96). Ley n.º 120 (1990) La Prensa, 19 sep. 2001 Nicaragua Investiga
La guerra en la Costa Caribe
Tras la evacuación del río Coco de 1981 y 1982, contada en Navidad Roja, la Costa Caribe siguió en guerra. El 4 de noviembre de 1982 el gobierno declaró zona militar de emergencia 24 municipios fronterizos, varios casi enteramente miskitos. Según la CIDH, cientos de miskitos fueron detenidos de forma arbitraria, muchos incomunicados y algunos torturados, la mayoría en la granja penal de mínima seguridad cercana a Managua; las denuncias hablaban de casi 70 detenidos desaparecidos. En diciembre de 1982, un helicóptero que trasladaba a niños y madres miskitos a los nuevos asentamientos de Jinotega se incendió y cayó: murieron 75 niños y 9 madres. El 1 de diciembre de 1983 el gobierno decretó una amnistía para los miskitos. CIDH, informe sobre los miskitos (1983)
Entre agosto de 1984 y mayo de 1985 el gobierno negoció con Misurasata, la organización de Brooklyn Rivera, en cuatro reuniones que se suspendieron sin acuerdo; desde agosto de 1985 empezó a permitir el regreso al río Coco. En la primavera de 1986, después de que el Ejército atacara posiciones de la guerrilla miskita Kisan el 24 y 25 de marzo con cerca de mil soldados, unos 10,000 miskitos cruzaron a Honduras: el ACNUR registró 7,200 en un mes y los miskitos en campamentos de la ONU pasaron de 20,000. Americas Watch atribuyó la huida a los combates y también al miedo que la propia Kisan sembró como parte de un plan para sacar a la población; el gobierno dijo que Kisan los había «secuestrado». CIDH, informe anual 1984-85 CS Monitor, 27 may. 1986 Cultural Survival
El 2 de septiembre de 1987 la Asamblea aprobó la Ley 28, Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica, publicada en La Gaceta el 30 de octubre. Según la propia ley, la región era cerca de la mitad del territorio y tenía unos 300,000 habitantes: 182,000 mestizos, 75,000 miskitos, 26,000 creoles, 9,000 sumos, 1,750 garífunas y 850 ramas. Desde junio de 1987 el ACNUR organizó vuelos de repatriación desde la Mosquitia hondureña. Ley 28, 1987 Cultural Survival
Desplazados y reubicados por la guerra
A lo largo de 1985 el gobierno evacuó a campesinos de la frontera norte hacia asentamientos en el interior; Americas Watch habló de la «forzosa reubicación de miles de ciudadanos», con muy poco tiempo para recoger sus pertenencias. En marzo y abril de 1987 fueron reubicadas 400 familias de la región de Nueva Guinea: el gobierno lo presentó como una medida de protección y los observadores, como una forma de quitar apoyo a los grupos armados. La CIDH recibió en esos años denuncias de ejecuciones sumarias atribuidas al Ejército Popular Sandinista en las zonas de combate. Envío, ago. 1989 (cita a Americas Watch) CIDH, informe anual 1986-87
Según el presidente Ortega, el 1 de mayo de 1986 la guerra había dejado 26,688 víctimas, 14,893 de ellas muertas; en 1990 el Ejército reportó unos 29,584 muertos entre soldados del EPS y de la Contra. Los abusos cometidos por la Contra también fueron documentados por los organismos de derechos humanos; este episodio se centra en las víctimas del Estado sandinista. Envío, ago. 1989 (cita a Americas Watch)
Asesinatos de campesinos en las zonas de guerra (1983–1989)
El desertor Álvaro Baldizón, teniente del Ministerio del Interior, declaró ante el Departamento de Estado de EE. UU. que en 1983 más de 300 campesinos fueron ejecutados sin juicio en las zonas de Cuá, Pantasma, Waslala y Río Blanco; su testimonio no ha sido examinado por ningún tribunal. La Prensa, 18 feb. 2024 Dpto. de Estado de EE. UU., informe de 1985
Entre 1987 y comienzos de 1989, según Americas Watch, fuerzas militares y de seguridad cometieron asesinatos selectivos de presuntos colaboradores o «correos» de la Contra en la Región 6, zonas remotas de Matagalpa y Jinotega: 74 asesinatos, 14 desapariciones y dos golpizas graves documentados, y otros 20 posibles asesinatos. Los cuerpos mostraban con frecuencia señales de tortura. Los agentes señalados eran de la Dirección General de Seguridad del Estado, del Ejército Popular Sandinista y del Ministerio del Interior, incluido un batallón de lucha irregular. Americas Watch, 1989
Americas Watch no pudo probar la complicidad de los altos mandos, pero dijo que las autoridades «miraron hacia otro lado o fueron groseramente negligentes» durante más de medio año después de su primer informe, de agosto de 1988. El gobierno no se reunió con su delegación en agosto de 1989. Tras la cobertura de The New York Times y Los Angeles Times, en abril de 1989 abrió investigaciones con equipos de la Comisión Nacional de Promoción y Protección de los Derechos Humanos y de la Auditoría Militar. Informó de seis casos con agentes condenados por asesinato, entre ellos un jefe local de la Seguridad del Estado condenado a 30 años por dos asesinatos; los juicios fueron sobre todo militares, y Americas Watch criticó los indultos, las reducciones de pena y la reincorporación de condenados. Americas Watch, 1989
Evasores, objetores y justicia militar
La ley no preveía alternativa al servicio militar ni objeción de conciencia. Según Americas Watch (1988), existía un entendimiento informal con el CEPAD para que ministros religiosos, seminaristas y miembros de iglesias de paz, como menonitas y testigos de Jehová, no fueran reclutados; el Catholic Institute for International Relations informó de maltrato a cinco menonitas que se negaron a tomar las armas. En noviembre de 1987, Pax Christi Internacional tenía noticia de seis personas encarceladas por objeción de conciencia. Amnistía Internacional (1988) señalaba penas de hasta cuatro años de cárcel por no inscribirse o no presentarse. Los desertores y los autores de delitos militares eran juzgados por tribunales militares. IRB de Canadá, 1989 (cita a Amnistía Internacional y Americas Watch)
Qué cuenta este capítulo y qué cuenta Represión civil
Este capítulo trata la violencia del Ejército y de la guerra: el reclutamiento forzoso, las operaciones militares y las zonas de combate, los desplazamientos, la justicia militar y los asesinatos de campesinos en el campo. La persecución de civiles por razones políticas por parte de la Seguridad del Estado, la policía, los tribunales de excepción, la censura y las turbas se cuenta en Represión civil de los años ochenta.
Estado de impunidadImpunidad total
Impunidad totalNingún responsable juzgado · Ninguna reparación a las familias · Reivindicado como «hazaña patriótica»
Ningún funcionario sandinista ha sido juzgado por los abusos cometidos durante la aplicación del SMO: reclutamiento de menores, detención de padres como método de presión, condiciones en las prisiones militares o el envío al combate de jóvenes sin entrenamiento.
Por los asesinatos de campesinos de 1987–1989 el gobierno informó de condenas de agentes en seis de los casos que revisó, y Americas Watch criticó los indultos, las reducciones de pena y la reincorporación de condenados; no consta que se investigara a ningún alto mando, y la Ley 81 de 1990 amnistió a «los nicaragüenses militares y civiles» que cometieron delitos en la persecución e investigación de los delitos contra la seguridad del Estado.
El Estado nunca reconoció los daños del SMO ni ofreció reparación a las familias de los jóvenes muertos en combate forzado, a los desertores encarcelados ni a las familias perseguidas.
Con el regreso de Ortega al poder, el SMO ha sido evocado en el discurso oficial como una «hazaña patriótica».
Para profundizar
Respaldo documental
- Nicaragua, Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Decreto No. 1327, «Ley del Servicio Militar Patriótico». La Gaceta, Diario Oficial, Managua, 1983. Disponible en: sajurin.enriquebolanos.org
- Americas Watch Committee. Human Rights in Nicaragua: Reagan, Rhetoric and Reality. New York: Americas Watch, 1985.
- Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Informe sobre la situación de los derechos humanos en Nicaragua. Washington D.C.: OEA, 1981. Disponible en: hrlibrary.umn.edu
- Gilbert, Dennis. Sandinistas: The Party and the Revolution. Cambridge: Basil Blackwell, 1988.
- Booth, John A. The End and the Beginning: The Nicaraguan Revolution. Boulder: Westview Press, 1985.
- Amnesty International. Nicaragua: The Human Rights Record 1986–1989. London: Amnesty International Publications, 1989.
- Confidencial. «40 años del Servicio Militar: las heridas abiertas de la guerra de los 80». 2023. Disponible en: confidencial.digital
- Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Decreto n.º 1518, «Adiciónase párrafo al Decreto No. 1327 (Ley del Servicio Militar Patriótico)», 29 de octubre de 1984, La Gaceta n.º 219, 14 de noviembre de 1984. Disponible en: justia.com
- La Prensa. «Un día como hoy nació oficialmente el Servicio Militar Obligatorio». 6 de octubre de 2018. Disponible en: laprensani.com
- La Prensa. «Rafael Córdova Rivas, el conservador que gobernó con el sandinismo». La Prensa Domingo, 27 de septiembre de 2026. Disponible en: laprensani.com
- La Prensa. «¿Quién era Roberto Samcam, el mayor en retiro asesinado en el exilio?». 19 de junio de 2025. Disponible en: laprensani.com
- La Teja (Costa Rica). «¿Quién era Roberto Samcam, el exmilitar de Nicaragua asesinado en Costa Rica?». 2025. Disponible en: lateja.cr
- Ley n.º 120, «Ley que deroga la Ley del Servicio Militar Patriótico», aprobada en diciembre de 1990, La Gaceta n.º 2, 3 de enero de 1991. Disponible en: leybook.com
- La Prensa. «Diez datos que debes saber del Servicio Militar de los 80». La Prensa Domingo, 9 de julio de 2023. Disponible en: laprensani.com
- La Prensa. «Servicio Militar, ruina política del FSLN». 19 de septiembre de 2001. Disponible en: laprensani.com
- Nicaragua Investiga. «Sacados de cines, buses y mercados: así reclutaba a jóvenes el Servicio Militar Obligatorio de Ortega». Disponible en: nicaraguainvestiga.com
- The Christian Science Monitor. «Teen draft dodgers flee from fighting Nicaragua war». 15 de enero de 1985. Disponible en: csmonitor.com
- Onda Local. «Desplazamiento forzado, el drama de miles de nicaragüenses en dos periodos de dictadura sandinista». Disponible en: ondalocalni.com
- Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Informe sobre la situación de los derechos humanos de un sector de la población nicaragüense de origen miskito. OEA/Ser.L/V/II.62, doc. 10 rev. 3, 1983, tercera parte. Disponible en: hrlibrary.umn.edu
- Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Informe anual 1984-1985 y 1986-1987, cap. IV, «Nicaragua». Disponibles en: 1984-85 · 1986-87
- «US, rights groups dispute cause of Miskito exodus into Honduras». The Christian Science Monitor, 27 de mayo de 1986. Disponible en: csmonitor.com
- «Miskito and Sumo refugees caught in conflict in Honduras». Cultural Survival Quarterly. Disponible en: culturalsurvival.org
- Asamblea Nacional. Ley n.º 28, «Estatuto de la Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua», 2 de septiembre de 1987, La Gaceta n.º 238, 30 de octubre de 1987. Disponible en: calpi-nicaragua.com
- Envío. «Los desplazados y refugiados nicaragüenses». Revista Envío, n.º 98, agosto de 1989. Disponible en: envio.org.ni
- Americas Watch. Human Rights in Nicaragua: August 1987 – August 1989. Nueva York, noviembre de 1989. Disponible en: hrw.org
Citas en formato Chicago, 17.ª edición. Los documentos enlazados son de acceso abierto; los que no tienen enlace se encuentran en archivos físicos de las instituciones indicadas o están disponibles bajo solicitud.
Cronología de los hechos
- 1983
El Decreto 1327 y la conscripción
La ley obligaba a todo hombre nicaragüense de 17 a 25 años a prestar un mínimo de dos años de servicio. Las exenciones eran limitadas —hijos únicos de madres viudas, enfermedades graves documentadas y, en teoría, estudiantes universitarios— y se aplicaron de forma arbitraria. El texto de la ley castigaba con dos a cuatro años de prisión no presentarse al llamado y no preveía objeción de conciencia.
El servicio era de dos años, pero muchos jóvenes sirvieron tres, cuatro y hasta cinco.
- 1983 – 1989
Las levas y redadas
Soldados del EPS llegaban a barrios, mercados, terminales, cines y escuelas y pedían documentos. El joven sin carné vigente era llevado al cuartel de inmediato, sin posibilidad de avisar a su familia. Los reclutamientos nocturnos en barrios, con listas proporcionadas por los CDS, eran frecuentes, y el ejército no siempre verificaba la edad de los reclutas. Algunas madres llevaban las partidas de nacimiento para demostrar que sus hijos no tenían 18 años. Un estudiante de Medicina de la UNAN-Managua, exento por asma, fue reclutado en abril de 1986 junto con casi 70 de los 80 estudiantes citados (testimonio anónimo recogido por Confidencial).
Se estima que entre 75.000 y 120.000 jóvenes fueron reclutados de forma obligatoria entre 1983 y 1990. En 1985 el Ejército hablaba de 15.000 reclutados y un analista occidental, de hasta 50.000 (Monitor).
Fuentes: La Prensa, 9 jul. 2023 Nicaragua Investiga Confidencial, 2023
- Noviembre de 1982 – agosto de 1985
La guerra en la Costa Caribe
El 4 de noviembre de 1982 se declaran zona militar de emergencia 24 municipios fronterizos. Cientos de miskitos son detenidos de forma arbitraria y casi 70 se denuncian como desaparecidos. En diciembre, un helicóptero con niños y madres miskitos que eran trasladados a Jinotega cae incendiado: mueren 75 niños y 9 madres. Tras la amnistía de diciembre de 1983 y las negociaciones con Misurasata, en 1985 se permite volver al río Coco.
Fuentes: CIDH, informe sobre los miskitos (1983) CIDH, informe anual 1984-85
- Dic. 1984
Nagarote y La Granja
En Nagarote (León) llegaron camiones con policías de madrugada y unos 300 jóvenes fueron llevados en una sola mañana; los vecinos, sobre todo mujeres, levantaron barricadas y, según los pobladores, 46 personas pasaron la noche presas; el párroco fue detenido brevemente. Ese mismo mes, unos 800 reclutas intentaron escapar de la base de La Granja, al este de Managua.
Fuentes: Christian Science Monitor, 15 ene. 1985 Nicaragua Investiga
- 1983 – 1989
La persecución a las familias
Las familias que escondían a sus hijos eran reportadas por los CDS y sometidas a presión sistemática: padres citados al Ministerio del Interior, amenazados con la confiscación de sus bienes o directamente detenidos. Algunos jóvenes que habían logrado salir del país regresaron al enterarse de que sus padres habían sido arrestados.
La deserción se castigaba con prisión y posterior reintegración forzada. Amnistía Internacional documentó condiciones deficientes de higiene, alimentación y trato en las cárceles militares.
Para evitar el reclutamiento de un hijo, algunas familias recurrían a pasaportes, notas médicas falsas o pagos a militares: según el Monitor, una madre pagó 55.000 córdobas a un contacto militar para sacar a su hijo por la frontera con Honduras, y se citaron pagos de 15.000 córdobas y de 500 dólares por exenciones médicas. Un joven de Managua relató que su madre gestionó un pasaporte y una nota médica falsa y que agentes de Seguridad del Estado llegaron a su casa a preguntar por él (testimonio anónimo recogido por Confidencial).
Varios miles de jóvenes fueron encarcelados por negarse a servir o por desertar.
El número de familias perseguidas no está cuantificado; los organismos de derechos humanos lo documentaron de forma sistemática.
Fuentes: Christian Science Monitor, 15 ene. 1985 Confidencial, 2023
- 1985 – 1987
Reubicaciones, Esquipulas y autonomía
El gobierno evacúa a miles de campesinos de la frontera norte hacia asentamientos del interior; en marzo y abril de 1987 reubica a 400 familias de Nueva Guinea. La CIDH recibe denuncias de ejecuciones sumarias del Ejército en zonas de combate. El 7 de agosto de 1987 se firma Esquipulas II y el 2 de septiembre se aprueba la Ley 28 de autonomía de la Costa Atlántica.
Fuentes: Envío, ago. 1989 (cita a Americas Watch) CIDH, informe anual 1986-87 Ley 28, 1987
- 1983 – 1989
El frente de guerra
Según el Christian Science Monitor (1985) y Confidencial (2023), los reclutas recibían un entrenamiento breve antes de ser enviados a zonas de combate como Jinotega, Matagalpa, Nueva Segovia y el Atlántico Norte. Los reclutas de 1985 contaban que la consigna era, en palabras de un joven de 19 años citado por el Monitor, «Aquí tenés un fusil, andate a la montaña». En las zonas campesinas del norte, muchas familias perdieron a sus únicos hijos varones y quedaron sin sustento. Christian Science Monitor, 15 ene. 1985 Confidencial, 2023
Las muertes totales del conflicto armado se estiman entre 30.000 y 50.000; un porcentaje significativo eran reclutas del SMO.
En las zonas rurales del norte, entre 1987 y 1989, agentes del Ejército y de la Seguridad del Estado mataron a campesinos acusados de colaborar con la Contra: Americas Watch documentó 74 asesinatos y 14 desapariciones en Matagalpa y Jinotega, y el gobierno informó de condenas de agentes en seis de los casos que revisó.
El EPS creció de unos 10.000 efectivos a entre 132.000 y 134.000 (La Prensa, 2023 y 2001), y La Prensa habla de casi 150.000 jóvenes movilizados en siete años.
El Ejército reportó en 1990 unos 29.584 muertos entre soldados del EPS y la Contra; el régimen nunca divulgó cuántos eran reclutas ni cuántos fueron reclutados (Nicaragua Investiga; Confidencial).
Fuentes: Christian Science Monitor, 15 ene. 1985 Confidencial, 2023 Nicaragua Investiga La Prensa, 9 jul. 2023 La Prensa, 19 sep. 2001 Americas Watch, 1989
- Marzo – abril de 1986
El éxodo miskito de 1986
El 24 y 25 de marzo, cerca de mil soldados atacan posiciones de la guerrilla miskita Kisan en Bilwaskarma, Kum y Wasla, donde un mortero mata a un civil. En las tres semanas siguientes unos 10,000 miskitos cruzan a Honduras. Americas Watch atribuye la huida a los combates y al miedo que sembró la propia Kisan; el gobierno dice que fueron «secuestrados».
- 1983 – 1990
El exilio como salida
Decenas de miles de jóvenes cruzaron a Costa Rica, Honduras, Guatemala y Estados Unidos para escapar del SMO. Las familias que podían pagar el viaje enviaban a sus hijos fuera; las que no, los escondían o los mandaban con parientes a zonas rurales. El ACNUR documentó flujos masivos de nicaragüenses durante este período. En 1985 el Monitor recogió la fuga diaria de entre tres y diez soldados de una sola base, según un desertor; la Comisión Permanente de Derechos Humanos recibió unos 200 pedidos de ayuda para salir del país en un año, y un joven de 19 años calculaba pagar 7.000 córdobas a un guía para llegar a Costa Rica. Los dirigentes no daban cifras de desertores, aunque admitían que parecía alta. El 15 de septiembre de 1986 un estudiante de Rivas cruzó a Costa Rica en un grupo de entre 2.000 y 3.000 personas. Costa Rica concedió refugio formal a unos 46.000 nicaragüenses en la década, aunque ese total incluye a todos los motivos de huida y no solo al SMO.
Costa Rica fue el principal destino de los jóvenes exiliados.
Fuentes: Christian Science Monitor, 15 ene. 1985 Confidencial, 2023 Onda Local
- 1990
La suspensión del SMO
El gobierno de Violeta Chamorro suspendió el Servicio Militar Obligatorio al asumir el poder. Para miles de familias, la guerra ya había cobrado sus hijos. La Asamblea Nacional derogó la ley en diciembre de 1990 (Ley n.º 120). Analistas citados por La Prensa atribuyen al SMO una parte de la derrota electoral de Daniel Ortega ese año; es una valoración de terceros, no un hecho verificado.
Fuentes: Ley n.º 120 (1990) La Prensa, 9 jul. 2023 La Prensa, 19 sep. 2001
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Nagarote y La Granja: una mañana de levas y una fuga masiva
En Nagarote llegaron camiones con policías de madrugada y unos 300 jóvenes fueron llevados en una sola mañana. Los vecinos, sobre todo mujeres, levantaron barricadas; según los pobladores, 46 personas pasaron la noche presas y el párroco fue detenido brevemente.
Ese mismo mes, unos 800 reclutas intentaron escapar de la base de La Granja, al este de Managua.
El estudiante de Medicina reclutado pese a estar exento
Un estudiante de Medicina de la UNAN-Managua, exento por asma, fue reclutado en abril de 1986 junto con casi 70 de los 80 estudiantes citados. Es un testimonio anónimo recogido por Confidencial, que ilustra cómo las exenciones de la ley se aplicaban de forma arbitraria.
La madre que pagó 55,000 córdobas para sacar a su hijo
Según el Christian Science Monitor, una madre pagó 55,000 córdobas a un contacto militar para sacar a su hijo del país por la frontera con Honduras. El mismo reportaje cita pagos de 15,000 córdobas y de 500 dólares por exenciones médicas: las familias que podían pagar compraban la salida; las que no, escondían a sus hijos.
Lo que dicen los informes
Lo que han documentado organismos oficiales y de derechos humanos.
Concluyó que el gobierno mató ilegalmente a un número considerable de miskitos en Leimus en diciembre de 1981, que cientos fueron detenidos de forma arbitraria, incomunicados y en algunos casos torturados, y que casi 70 detenidos se denunciaban como desaparecidos; registró la zona militar de emergencia de noviembre de 1982 y la muerte de 75 niños y 9 madres en la caída de un helicóptero.
Siguió las negociaciones con Misurasata y el regreso al río Coco, y en 1987 recibió denuncias de ejecuciones sumarias atribuidas al Ejército Popular Sandinista en zonas de combate y registró la reubicación de 400 familias de Nueva Guinea.
Documentó 74 asesinatos, 14 desapariciones y dos golpizas graves de presuntos colaboradores de la Contra entre 1987 y 1989 en Matagalpa y Jinotega, con señales de tortura en muchos cuerpos, atribuidos a agentes del Ejército, la Seguridad del Estado y el Ministerio del Interior. No pudo probar la complicidad de los altos mandos, pero denunció la lentitud del gobierno, la falta de cooperación de las fuerzas militares y de seguridad y la «indulgencia indebida» con los agentes condenados.
Registró que no existía alternativa al servicio militar ni se reconocía la objeción de conciencia, y que no inscribirse o no presentarse al llamado podía castigarse con hasta cuatro años de prisión. Pax Christi Internacional conocía en noviembre de 1987 seis casos de encarcelados por objeción de conciencia.
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